Santo Domingo.- Para tales fines,
la Junta Monetaria autorizó el uso de la suma de hasta RD$10,000 millones del
encaje legal correspondiente a los bancos múltiples y las asociaciones de ahorros
y préstamos, con miras a facilitar la creación
de las condiciones que favorezcan el otorgamiento de préstamos hipotecarios a
bajas tasas de interés y más largo plazo.
A tal efecto, el
Banco Central quedó autorizado a considerar como cobertura
de encaje legal, títulos-valores de renta fija elegibles y otros
instrumentos, conforme se determine
mediante Instructivo, para sustituir una proporción del efectivo requerido como
reserva de encaje equivalente a la indicada suma de hasta RD$10,000.0 millones,
para facilitar, a través de las referidas entidades financieras, el
otorgamiento de préstamos interinos a favor de los constructores a tasas hasta
de un 6% y a plazos de hasta 2 años, así como a la concesión de préstamos a los
adquirientes finales de dichas viviendas de hasta RD$ 2.4
Millones, a tasas de hasta un 8% y a plazos de hasta 20 años.
Los bancos múltiples y asociaciones de
ahorros y préstamos que se acojan a este mecanismo, recibirán gradualmente los recursos indicados en
la proporción alícuota que le corresponda, en la medida que remitan al Banco
Central los contratos de los préstamos hipotecarios desembolsados, siempre y
cuando hayan entregado previamente en garantía y custodia a dicha Institución, los
títulos-valores de renta fija que sustituirán la cobertura de encaje legal por
el monto total de la proporción correspondiente a cada entidad de que se trate.
Para la adopción de esta medida, que entrará
en vigencia a partir del 1ero de abril del presente año, la Junta Monetaria
tomó en consideración el gran déficit habitacional que aún existe en República
Dominicana, con el agravante de que cada año se va incrementando de manera
exponencial, debido al crecimiento poblacional y la formación de nuevos hogares,
así como la necesidad de apoyar
políticas públicas tendentes a facilitar el acceso a financiamiento por parte
de las familias de ingresos medio-bajos, mediante el diseño de mecanismos que
permitan abaratar el costo de construcción y de financiamiento de una vivienda
para ese nicho de mercado, al que le asiste el derecho de reclamar un techo
digno conforme lo consagra la Constitución de la República en el Artículo 59.
Bajo ese tenor, en apoyo
al rol del Estado de fijar las condiciones necesarias para hacer efectivo ese
derecho, la Junta Monetaria facilita con visión integral oportunidades de negocios para el sector privado, de manera particular para
los bancos múltiples y asociaciones de ahorros y préstamos que lo decidan y que
canalicen recursos en una primera fase a
los constructores desarrolladores de los Proyectos, a través de préstamos
interinos a los mismos, y en una segunda fase a los adquirientes finales de las
referidas viviendas,
Consciente de que el sector
construcción constituye una de las actividades que más dinamiza la economía,
por su contribución al crecimiento económico, generación de empleo, incremento
de ventas que se producen de los materiales de construcción demandados, y por
sus aportes al fisco, el Banco Central de la República Dominicana entiende, que
la implementación de este mecanismo, con visión de largo plazo, habrá de
repercutir favorablemente en el aumento de la oferta de viviendas focalizada a
un estrato de la población que demanda soluciones habitacionales de bajo costo,
que sólo podrían generarse de manera continua, mediante esquemas de esta
naturaleza en los que confluyen las fuerzas coordinadas del sector público y
sector privado, con fines de erradicar de manera sistemática el déficit
habitacional que aún aqueja a la población más desposeída, tal y como lo han
implementado de manera exitosa otros países de la Región.
La Resolución de la Junta
Monetaria que autoriza este mecanismo está disponible in extenso en la página
web del Banco Central www.bancentral.gov.do