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Carles Puigdemont.
Carles Puigdemont. (Foto: Fuente externa)

La Audiencia cita a Puigdemont y a su Govern, imputados por rebelión, sedición y malversación

Por Red Diariocritico
martes 31 de octubre de 2017, 20:37h
La juez Carmen Lamela ha remitido un auto en el que admite la querella de la Fiscalía por delitos de rebelión, sedición y malversación de fondos públicos contra el expresident de la Generalitat Carles Puigdemont y otros 13 ex miembros del Govern.
España.- En el mismo auto en el que la magistrada se declara competente para investigar los hechos acuerda como primera diligencia citar a los 14 querellados, en calidad de investigados, para el próximo jueves, 2 de noviembre, y viernes, 3 de noviembre, a las 9 horas ( ambos días) para declaración y la posterior celebración del artículo 505 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a fin de valorar la adopción de medidas cautelares de carácter personal.

Además de las citaciones, Carmen Lamela acuerda fijar a los 14 querellados una fianza de 6.207.450 euros con apercibimiento de embargo si no la depositan en el plazo de 3 días. La juez ordena también que se incorporen a la causa las copias de diferentes acuerdos adoptados por el Parlament en los últimos meses, así como los últimos decretos del Govern en relación con el proceso secesionista de Cataluña.

En su auto, Lamela explica que conforme al relato expuesto por el fiscal en su querella, los hechos investigados iban dirigidos a proclamar una República catalana independiente de España en una conducta que va encaminada o dirigida a romper la organización territorial del Estado, por lo que puede encajar en una manera de atentar contra la forma actual de gobierno de España, y por tanto, sería competencia de la Audiencia Nacional, tal y como bien recogido en el artículo 65.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial sobre las competencias de este tribunal.

Lamela recuerda que esta fase inicial, de admisión de una querella, no constituye todavía un acto de imputación judicial y que sin perjuicio de la futura precisión acerca de la existencia de pruebas para los delitos imputados, se trata exclusivamente “de establecer en primer lugar si, a los efectos de admisión a trámite de la querella puede ser exclusivo el carácter delictivo de las conductas imputadas a los querellados y, en segundo lugar, si existen indicios de que tal conducta efectivamente ha sido ejecutada”. Teniendo en cuenta estas dos condiciones, Lamela concluye que del relato del fiscal se desprende que los querellados “urdieron una estrategia de la que habría de ser todo el movimiento secesionista, perfectamente organizada, y con reparto de papeles entre las autoridades gubernamentales, parlamentarias y asociaciones independentistas ( ANC y Omnium) que llevaron a la celebración del referéndum ilegal el día 1 de octubre y a la declaración de independencia aprobada en el Parlamento el pasado 27 de octubre”.

La juez considera que la querella del fiscal expone de manera “seria, racional y lógica, los motivos que llevan al Ministerio Fiscal a efectuar su provisional calificación como delito de rebelión que absorbería los delitos de sedición, desobediencia y prevaricación”. Por ello, sin perjuicio de la calificación jurídica que finalmente pueda otorgarse, la juez admite la querella en los términos planteados por el Ministerio Público.

La magistrada explica en su escrito que procede incorporar la querella a la causa donde ya se investiga por sedición a los presidentes de ANC y Omnium teniendo en cuenta que los hechos hasta ahora investigados “se encuadran dentro de todo el proceso secesionista que se describe en el escrito de querella y que las personas investigadas en los mismos formaban parte de las estructuras básicas integradas en esa estrategia diseñada y ejecutada por los ahora querellados”.

Contra el auto cabe interponer recurso de reforma ante la juez y apelación ante la Sala.
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