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Fotografía de archivo en la que se registró una vista general del hemiciclo parlamentario del Congreso peruano, en Lima, Perú.
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Fotografía de archivo en la que se registró una vista general del hemiciclo parlamentario del Congreso peruano, en Lima, Perú. (Foto: EFE/Ernesto Arias)

El Congreso de Perú le gana una contienda de competencias al Poder Judicial

Por Agencia EFE
viernes 24 de febrero de 2023, 08:16h
El Tribunal Constitucional (TC) de Perú resolvió este jueves a favor del Congreso peruano una contienda de competencias que presentó contra el Poder Judicial sobre temas que considera "únicas y excluyentes" de la función Legislativa, entre ellos la elección del defensor del pueblo.

Lima.- El TC informó que tomó una decisión sobre el "denominado caso del control judicial de las decisiones del Congreso de la República", que cuestionó resoluciones que impedían al Parlamento que elija al defensor, ejerza control político sobre altos funcionarios y emita leyes conforme a la Constitución.

En ese sentido, el Constitucional ordenó anular las resoluciones judiciales que impedían seguir el procedimiento de designación del defensor del pueblo y la realización de investigaciones parlamentarias "sobre asuntos de interés público". Además, anuló las resoluciones que impedían al Congreso reformar el consejo directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).

El Constitucional decidió informar a la Junta Nacional de Justicia (JNJ) sobre estas decisiones para que "proceda conforme a sus atribuciones sobre el comportamiento funcional de los jueces que han concedido amparos y medidas cautelares sobre las competencias políticas exclusivas" del Legislativo.

También exhortó al Congreso a reformar el artículo 99 de la Constitución peruana, así como su reglamento interno, para incorporar a los miembros del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec).

Ese artículo constitucional establece que corresponde a la Comisión Permanente acusar ante el Congreso al presidente, ministros, legisladores, jueces y otros altos funcionarios "por todo delito que cometan en el ejercicio de sus funciones y hasta cinco años después de que hayan cesado en estas".

Tras conocerse la resolución, el Congreso destacó en Twitter que el TC "declaró nulas las resoluciones en el proceso de amparo que impedían seguir el procedimiento de designación del defensor del pueblo, entre otras medidas".

El pasado 2 de febrero un tribunal ratificó una orden para que el Congreso suspenda la elección del defensor hasta que termine el trámite de un recurso de amparo presentado por el sindicato de la Defensoría, que denunció falta de transparencia en ese proceso.

En ese momento, tras saludar la decisión judicial de "defender los derechos constitucionales", el Sindicato de Trabajadores de la Defensoría aseguró que confiaba "en que los magistrados del TC estarán a la altura de estos mismos principios y valores, sin los cuales no puede existir un estado democrático de derechos".

El Tercer Juzgado Constitucional ya había ordenado el 9 de junio de 2022 al Congreso suspender de manera provisional la elección del defensor del pueblo, por lo que el Parlamento aprobó el 16 de agosto pasado presentar la demanda de conflicto de competencias ante el TC. La intención era que este organismo aclare sus "competencias únicas y excluyentes" y determine si estas pueden ser "limitadas y restringidas" por los tribunales.

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