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La justicia dominicana en 2020

lunes 04 de enero de 2021, 21:11h

El Centro de Estudios Constitucionales de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (CEC-UASD), entiende que 2020, no ha sido un buen año en materia de Administración de Justicia debido a que el Consejo del Poder Judicial (CPJ) y la Suprema Corte de Justicia (SCJ), no han estado a la altura de sus altas responsabilidades, ya que en una democracia funcional, los tribunales son los guardianes de la Constitución, pero, al parecer, esta obligación no es bien comprendida desde estos órganos, en razón, de que siguen actuando como una justicia clasista donde la equidad no tiene espacio y el mundo de los intereses facticos y políticos gobiernan sus decisiones sin ser capaces de notar, por ejemplo, la existencia de un Presidente del Poder Ejecutivo que no tiene interés en narigonear la justicia y de una población que desea una justicia no solo profesionalizada sino eficiente, digna, capaz de administrar justicia de manera oportuna, pronta y apegada a los valores democráticos. Otorga buena calificación a la justicia en lo referente al léxico de sus decisiones al haber sido confeccionadas con base a un lenguaje llano cada vez más colocar y, por tanto, cercano a la gente.

La virtualización de la justicia

El CEC-UASD, entiende que la virtualización de la Administración de Justicia fue la propuesta prometida al país para ejecutar en 2020 que hizo el Poder Judicial por boca del Presidente de la Suprema Corte de Justicia (SCJ); sin embargo, un año después de la misma, el país no ha avanzado un ápice en ello sino que se ha creado un caos debido a la ausencia de planificación de su implementación como al carácter excluyente de dicha medida, es decir, no se tomó consciencia de que para el éxito de tal propuesta, era necesario contar con el apoyo y la aprobación de los auxiliares esenciales del Poder Judicial, que lo son, muy particularmente, los abogados. De ahí que, el año transcurrió en enfrentamientos constantes entre abogados como individuos, grupos de abogados y el propio Colegio de Abogados, enfrentados conjunta y separadamente al Poder Judicial.

La lectura de la Ley No. 45-20 permite entender el carácter excluyente asumido por el Poder Judicial, pues dicha ley, desde el área del crédito, crea el embargo electrónico como mecanismo de cobro compulsivo que no requiere de la intervención ni de un abogado ni de un juez. Esto es, el Poder Judicial viene actuando en consonancia con la banca hipotecaria, con el mercado financiero y, al parecer, está tomando decisiones que hagan inoperante al Mercado de Valores y todo el andamiaje legal que el Congreso Nacional ha venido creando para hacer cada vez más desarrollado el mercado bursátil en el país. Desde esta lógica, el abogado como el juez junto a los demás auxiliares, sobran.

Sostiene el CEC-UASD que, al razonar y así actuar, los diseñadores de esta política judicial, no se han percatado de que somos una nación democrática cuyo guardián de la constitucionalidad, es precisamente la justicia y que, jueces y abogados deben ser tomados en cuenta, esto es: no se pueden imponer las políticas públicas de arriba hacia abajo sin el debido consenso democrático entre los actores porque si algo ofrece la virtualidad es la comunicación horizontal y multi vectorial. Esta ha sido la peor actuación, por no decir error, de la gestión del Poder Judicial.

Por otra parte, a juicio del CEC-UASD, 2020 ha mostrado cuan pernicioso es el denominado Consejo del Poder Judicial, este órgano administrativo del Poder Judicial, presentó sobradas muestras de inoperancia, es decir, al parecer, la democracia deliberativa que asiste a todo órgano colegiado, es inexistente en su interior, pues se ha presentado ante el país, la versión de que allí solo hay imposiciones. Al punto de que un concejal antes que plantear internamente sus diferencias con dicho órgano, lo ha hecho públicamente y vía apoderamiento judicial de un tribunal.

Por otra parte, el CEC-UASD entiende que, se debe retomar la capacidad de retroalimentación y de autoridad hasta conseguir la unificación de la jurisprudencia, pues los Boletines Judiciales de 2020, muestran que ya las decisiones de las salas de la SCJ, ni de su pleno, hacen jurisprudencia sino que cualquier tribunal, incluso los juzgados de paz, se abroga tal facultad. Es decir, el carácter unificador de la jurisprudencia se ha roto ocasionando caos judicial debido a que ahora el poder, en el seno del Poder Judicial, ha sido transferido de los jueces por especialidad de la SCJ a los concejales del Consejo del Poder Judicial (CPJ), lo cual, vistos los resultados de 2020, resulta perturbador.

La pandemia del coronavirus

El CEC-UASD es del criterio, de que el coronavirus pudo haber tenido un efecto positivo en la Administración de justicia, sin embargo, debido a la ausencia de consenso intra y extra Poder Judicial, el mismo ha resultado una catástrofe, pues no está claro cuales planes se iniciarán en 2021 si las metas de 2020 han fracasado. El CEC-UASD entiende que la democracia del consenso debe imperar en ambos ámbitos para que pueda retomarse una política pública en materia de Administración de justicia, acorde con nuestra condición de Estado Constitucional Democrático.

Desempeño judicial por materias

El CEC-UASD afirma que, cuando se analizan las decisiones del pleno de la SCJ en 2020, no se encuentra que se haya hecho jurisprudencia, ni que exista un esfuerzo coordinado por incorporar a estas decisiones, las transformaciones operadas desde la Constitución, es decir que tienen por fuente al legislador constituyente, pero tampoco se ocupan de incorporar las nuevas leyes del legislador ordinario, a pesar de que estas son muchas y, si bien, todavía no son todas las leyes que se requieren, la realidad es que el Congreso Nacional está haciendo su trabajo. No se toman en cuenta los principios ni las directrices, ni las nuevas formas de razonar el derecho para acercarlo al Estado Social y Democrático de Derecho, así, dichas decisiones son anacrónicas por no llamarlas inconstitucionales.

Añade el CEC-UASD que, en la Primera Sala, la denominada civil, alrededor del sesenta (60%) de sus decisiones en 2020, no difieren de las de un juez de paz, es como si la SCJ haya devenido en un tercer grado jurisdiccional, se repiten, en un mismo mes y luego en todo razonamiento maniqueo o muletillas de todo el año, que no logran resolver el asunto; se continúa aquí el referente subereisista de exigir al juez cantidad en lugar de calidad; más grave, la SCJ está llamada no a exigir calidad ni cantidad sino a crear directrices para garantizar la operatividad y una justicia pronta y oportuna en los tribunales inferiores. Si bien el CPJ ha creado esta crisis, la realidad es que los jueces de casación deben hacer su trabajo. Los tres asuntos que más tiempo ocupan a los civilistas son: cobro de pesos, seguros y daños; el primero tiene mucho que ver con la banca hipotecaria, esto es con los créditos, el país cuenta con una excelente ley pre constitucional: la Ley 183-02, sin embargo, las decisiones de esta sala no reflejan los cambios operados ni la ratio que en ella se introducen; además de la mencionada ley, la 358-05 sobre derecho del consumidor, garantiza una serie de equilibrios cuyo contenidos no se ven en las decisiones como directrices; la 189-11 sobre fiducia, la cual se conoce segmentada y solo a partir del art. 149, si se aplicaran sus arts. 75, 76 y 86, por solo citar algunos, cambiaría el panorama de vergüenza por inaplicación de la norma y los principios que contiene; la 141-15 que barre con la vía de ejecución tradicional, sustituyendo el hundimiento del deudor por su salvamento vía judicial tampoco es tomada en cuenta; la 149-17 que crea el Mercado de Valores sepultando el cortoplacismo crediticio por formas blandas de crédito que obligan a reinventar el mismo, que son verdaderos manuales para los jueces creativos, y la 155-17, que obliga a que en los embargos, cuando sean factibles, se determine la calidad de los licitadores, entre otras, es inaplicada.

En cuanto a la Segunda sala o sala penal, sostiene el CEC-UASD que, ocurre algo parecido a lo de la primera sala, en este caso, la orfandad de jueces con formación en el área penal no es solo evidente sino que fue algo deliberado de quienes escogieron estos jueces, es como si se pretendiera que no haya jueces en esta materia. Lo peor es, que éstos, en lugar de liberarse de este lastre, hacen honor al mismo, puesto que no existe preocupación por aplicar la norma ni por crear directrices ni corregir viejos errores. Afianzados en el modelo de que la casación es ahora apelación ante la corte de alzada, no crean directrices ni decisiones ejemplarizadoras. Se limitan a un garantismo impropio de una sociedad, que debe velar por su salud social, sigue siendo el tradicional derecho clasista de siempre donde solo los pobres van a prisión.

Afirma el CEC-UASD que, La Tercera Sala, es la que más asuntos que empujan hacia la configuración de la justicia del Estado Social conoce, debe crear directrices en lo laboral, lo administrativo y en materia inmobiliaria, sin embargo, mantiene, a lo largo de 2020, un conservadurismo que raya en lo irracional, pues en ninguno de sus tres ejes temáticos básicos han sobresalido sus decisiones. El derecho de las telecomunicaciones y sus implicaciones administrativas, de derecho de consumo y de responsabilidad civil no marcan el paso; en lo laboral se nota cierto retroceso y en materia inmobiliaria, tímidamente se observan algunos progresos pero muy tenues. Es sintomático que en materia ambiental o de cambio climático, no haya nada relevante.

Las cortes se han manejado con base a la libertad que les dispensa una jurisprudencia diversificada, esto ha sido exitoso en los casos de la Vega, Moca y Santiago de los Caballeros. Estos distritos judiciales han sabido asumir con responsabilidad su desempeño y los resultados están a la vista en cualquiera de sus tres divisiones: civil, penal laboral e inmobiliario. Esta situación contrasta con la de la SCJ y su corte de casación.

Los juzgados de primera instancia siguen abrumados por la cuantía de sus responsabilidades en las diferentes materias como con la situación de que en buena parte, jueces individuales son los que deben administrar justicia con un personal auxiliar no profesional y mal remunerado, en la práctica, son pasantes o temporeros. Esta situación ha de ser mejorada pues es responsable de muchas situaciones disfuncionales en la Administración de Justicia. Ocasionando que muchos asuntos no les sean llevado, desarrollándose medios alternativos o de juez privado en su solución y, peor, creando conflictos sin solución o de soluciones no deseadas en el seno de la sociedad, similares a las que ocurren en materia de derecho de género o de familia.

Las llamadas jurisdicciones especializadas todavía no despuntan ni se les da la importancia de rigor. No han sido creados los tribunales de lo contencioso administrativo de primer grado, el Palacio de Justicia de estos luego de construido y casi equipado ha sido destinado a almacén en 2020.

Evidentemente, la justicia no ha tenido buen año, su desempeño es muy limitado y acusa un desfase importante con las necesidades de construcción del Estado Social, debe avanzar hacia la democracia deliberativa con el contenido de las normas del Estado Constitucional, sin embargo, se mantiene con base a un formalismo decimonónico repugnante y, por tanto, clasista. Parecen esperar que la reforma venga desde afuera, lo cual no deja de ser una actitud irresponsable.

Los Registros de Títulos en particular, no han tenido un buen año, ahí se ha desatado una cacería de brujas de la que se acusa al Consejo del Poder Judicial como si no fuese este el órgano disciplinario y supervisor de estos. La realidad es que los Registros de Títulos están bajo la mira no solo al interior de la justicia sino que desde fuera de estos, se les observa con recelo dada la capacidad de escándalo de que son capaces, al no tener el celo de lugar, en tanto, guardianes de los Títulos de propiedad de los ciudadanos. Toda la Región norte es sindicada como región donde los títulos no son respetados desde dentro de los registros, sin que esto signifique que están exentos los demás Registros de Títulos de todo el país. La falta de transparencia con que operan es lo que permite sus fechorías.

El CEC-UASD espera, sin embargo, que 2021 marca la diferencia y que la justicia aproveche el buen tiempo que se señala desde el Poder Ejecutivo es una especie de ahora o nunca. Que la justicia esté más cerca del ciudadano y que la virtualidad avance, pero en función de los intereses del Estado Democrático y no en función de grupos de interés.

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