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El Ministro de Educación, Carlos Amarante Baret
El Ministro de Educación, Carlos Amarante Baret

Desacuerdo entre Ministerio de Educación y colegios privados

Por Redacción Diario Hispaniola
viernes 02 de mayo de 2014, 20:35h

El régimen tarifario de los colegios privados está normado mediante Resolución Especial del Consejo Nacional de Educación de fecha 6 de julio de 2011, la cual confiere, a su vez, a las Asociaciones de Padres, Madres, Amigos y Tutores de la Escuela, la facultad de avalar y reconocer las justificaciones que tengan los colegios privados para introducir cualquier aumento pretendido. 

Santo Domingo.- La Asociación de Instituciones Educativas Privadas exige respeto al ministro de Educación, Carlos Amarante Baret, a quien critica por llamar a los padres a no aceptar los aumentos de las tarifas de los colegios privados y por no cumplir con la Ley de Educación, que manda la categorización de los centros educativos no públicos.

Al mismo tiempo solicita la revisión de las Normas del Sistema Educativo, que se implementan desde el 2013, porque las mismas desautorizan, le quitan autoridad para tomar medidas sancionadoras y colocan a los colegios privados en condiciones de inoperancia.

El Ministro de Educación, Carlos Amarante Baret, señaló ante los aumentos de las tarifas de los centros privados que "ningún padre de familia está obligado a aceptarlos" si no han sido previamente avalados por el Ministerio.

 "Durante nuestra gestión como Ministro de Educación hemos sido abanderados de la necesidad de que las asociaciones de padres, madres, amigos y tutores de la escuela se conviertan en instituciones fuertes, capaces de empoderarse de lo que debe ser una buena gestión de los centros educativos públicos y privados, que se conviertan en guardianes de la calidad de la educación que reciben sus niños, niñas y adolescentes, y es en ese tenor que hacemos el llamado a que no reciban pacientemente los aumentos tarifarios que sin sus avales introducen muchos centros privados", expresó Amarante Baret .

La Resolución Especial vigente del Consejo Nacional de Educación del 6 de julio de 2011 establece que los padres, previo acuerdo con los propietarios de los colegios privados, deberán comprometerse a cumplir con el compromiso de pago contraído. Además, se prohíbe la retención de los expedientes de calificaciones de documentos académicos, la no aplicación de evaluaciones, de pruebas de rendimiento y la no emisión de certificados que afecten a los estudiantes por falta de pagos o cuotas de parte de sus familias.

Se informa que para que el Ministerio apruebe un incremento en la tarifa de cualquier colegio, esta debe ser primeramente avalada por la Asociación de Padres, Amigos y Tutores de la Escuela del centro escolar de que se trate. Estas asociaciones deben corroborar las razones que pudiera tener un centro escolar para anunciar un aumento y luego que esto ha sido refrendado por las asociaciones, es que se le da aquiescencia en este Ministerio.

El Ministerio de Educación no avala ningún aumento tarifario de colegios privados que no esté refrendado a su vez por las Asociaciones de Padres, Madres, Amigos y Tutores de la Escuela.

El ministro expresa "Entendemos que las Asociaciones de Padres, Madres, Amigos y Tutores cuando se consideren afectados por los aumentos tarifarios sin su consentimiento ni el aval del MINERD, deben exponer o denunciar estas acciones ilegales ante este Ministerio".

El Ministerio de Educación convocó a los representantes de las Asociaciones de Padres de los colegios a una reunión para próximo el 21 de mayo, para que asuman sus responsabilidades no sólo en la cuestión tarifaria, sino también en cuanto a estacionamiento, seguridad y calidad de la educación que deben exigir como institución a los directivos de los colegios privados.

El ministro informa que "ningún padre de familia está obligado a aceptar un aumento de tarifa que no haya sido avalado por el MINERD, cartera que estudia la solicitud del colegio que se propone aumentar sus cuotas mensuales, debiendo presentar al MINERD los documentos siguientes":

1)     Comunicación firmada por los directivos de la Asociación de Padres del colegio, especificando la fecha de la reunión para tales fines.

2)    Relación de inscripción y colegiatura del año escolar anterior y del presente por niveles y cantidad de estudiantes.

3)      Partida de ingresos y egresos, anexando copias de facturas, Comprobante Fiscal de los gastos en que incurriera durante el año.

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