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Vista general de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en San José (Costa Rica).
Vista general de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) en San José (Costa Rica).

Piden a la CorteIDH una condena por las ejecuciones extrajudiciales que Perú niega

Por EFE
jueves 06 de febrero de 2014, 21:23h
La directora ejecutiva de la Asociación Pro Derechos Humanos de Perú (Aprodeh), Gloria Cano, aseguró que en la audiencia pública de este martes en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), donde se dieron los alegatos finales, quedó establecido que "hubo ejecuciones extrajudiciales" y que hay situaciones que el Estado peruano no ha podido refutar.
(EFE).- Representantes de los familiares de tres miembros del movimiento MRTA supuestamente ejecutados extrajudicialmente tras un operativo de rescate de rehenes en Lima, en 1997, pidieron hoy ante la CorteIDH que se castigue por el caso al Estado peruano, que rechaza la acusación.

La directora ejecutiva de la Asociación Pro Derechos Humanos de Perú (Aprodeh), Gloria Cano, aseguró que en la audiencia pública de este martes en la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), donde se dieron los alegatos finales, quedó establecido que "hubo ejecuciones extrajudiciales" y que hay situaciones que el Estado peruano no ha podido refutar.

"El Estado (peruano) no ha sabido explicar e incluso se ha contradicho en sus propias versiones.

Creo que en este caso el hecho de llegar ante la Corte Interamericana despierta en los familiares de las víctimas una esperanza de poder conseguir, por fin, verdad y justicia", aseveró Cano a Efe.

El caso se relaciona con lo ocurrido desde diciembre de 1996, cuando 14 miembros del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) secuestraron a 72 personas en la residencia del embajador de Japón en Lima, Morihisa Aoki, a quienes mantuvieron cautivos durante 126 días.

La operación militar "Chavín Huántar", autorizada por el entonces presidente Alberto Fujimori (1990-2000), permitió el rescate de 71 de los 72 rehenes con vida.

Los miembros del MRTA fallecieron, entre ellos Eduardo Nicolás Cruz, Herma Luz Meléndez y Víctor Salomón, por cuya supuesta ejecución extrajudicial se presentó la demanda contra Perú.

Los tres se habrían encontrado en custodia de agentes estatales y al momento de su muerte no habrían representado una amenaza, según la demanda presentada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que también alega falta de investigación de los hechos y que no se ha identificado a los responsables. Cano declaró que la Aprodeh condena la toma de rehenes y que en los casos puntuales de los tres integrantes del MRTA "ocurrieron ejecuciones".

Los representantes del Estado de Perú por su parte, negaron que se hayan dado ejecuciones extrajudiciales, expusieron que los secuestradores murieron en combate, aunque reconocieron que todavía hay algunos hechos que se deben investigar ya que el caso sigue abierto en el país andino.

El ministro peruano de Justicia, Daniel Figallo, dijo este martes a Efe que la CorteIDH debe evaluar cuidadosamente el caso por el que juzga al Estado de Perú. "Creo que la Corte va a tener que evaluar con mucho cuidado este asunto ya que es muy complejo para dilucidar. A nosotros (el Estado) nos parece, que la Comisión (Interamericana de Derechos Humanos) presentó de manera prematura el caso ante el sistema", dijo Figallo.

El representante permanente de Perú ante la Organización de los Estados Americano (OEA), Juan Jiménez, apoyó esas declaraciones y fue enfático al decir a Efe que el Estado peruano ha sido muy "crítico" por la forma prematura en que la Comisión Interamericana presentó el caso ante la Corte.

El Estado de Perú insistió ante la Corte que ha cumplido con todas las obligaciones internacionales y los estándares de derechos humanos y explicó que el uso de la fuerza dentro de una operación militar de rescate de rehenes es un hecho legítimo. La CorteIDH, con sede en Costa Rica, escuchó en la audiencia, que duró dos días, a testigos, peritos y los alegatos finales de las partes relacionadas con este caso.

Las partes tienen un mes para presentar los alegatos finales por escrito y a partir de allí los jueces estudiarán la posibilidad de dictar una sentencia, para lo cual no tienen plazo límite. La CorteIDH es un ente de la Organización de Estados Americanos (OEA) y sus resoluciones son de acatamiento obligatorio para los países miembros del organismo hemisférico.
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