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Las exenciones están amparadas en la Ley 28-01 y el Decreto 539-05

AIRD gana batalla contra exenciones fiscales a empresas fronterizas

AIRD gana batalla contra exenciones fiscales a empresas fronterizas

Por DiarioHispaniola
jueves 06 de junio de 2013, 00:38h
Las exenciones fiscales y beneficios varios que tenían cuatro empresas establecidas en la zona fronteriza de República Dominicana fueron ayer suspendidos sus permisos que habían sido otorgados por el Consejo de Coordinación de Zona Franca Especial de Desarrollo Fronterizo. La suspensión de los beneficios fue decidida por la presidenta del Tribunal Superior Administrativo, Delfina Amparo de León.
La Asociación de Industrias de la República Dominicana (AIRD) había interpuesto una medida cautelar contra la Industria Licorera La Altagracia, Saerand Invesment, Varderpy y Maiberil Internacional. Estas empresas producen ron, colchones y sacos de prolipropileno, entre otros productos.

Para la AIRD las exenciones fiscales de la Ley 28-01 y el decreto 539-05 otorgadas a las empresas en la zona fronteriza carecen de legalidad, por no haber dado cumplimiento a los requisitos y procedimientos que exigen tales normativas. Consideran que como está planteado se provocaría una distorsión en el mercado local, "que perjudicaría significativamente la sensibilidad y crecimiento del sector industrial dominicano".

Afirma la asociación empresarial que dicha situación que han denunciado haría daño tanto a la industria dominicana como a los empleos de miles de trabajadores.  Las exenciones eran de un 100% del pago de impuesto internos, de equipos, maquinarias y aranceles de aduanas sobre materias primas. Además, las exenciones serían sobre todo tipo de impuesto y por un plazo de 20 años.

A todo esto la AIRD dice a estas empresas "fronterizas" se le exime de un 50% en pago de libertad de tránsito y uso de aeropuertos y puertos, más otra exención también de un 50% de todo tipo de impuesto, tasa y contribución actual o futura por el período ya señalado de 20 años.  La presidenta del AIRD, Ligia Bonetti, señaló entre las irregularidades indicadas en el acto que se presentó al Tribunal Superior Administrativo está que "el Consejo no realizó la publicación que exige la Ley, además de que tiene el deber de tomar esa decisión por el Pleno, aspecto que no se cumplió".  

Para Bonetti la sentencia crea un precedente importante, tanto en el sentido de cumplir las leyes "incluso cuando no estuviésemos de acuerdo con ella", como por ser un llamado "a la gravedad que implica la competencia desleal que proviene de un quehacer empresarial que se beneficia de una Ley que promueve la inequidad fiscal".  Tras el fallo del Tribunal Superior Administrativo las empresas involucradas deberán pagar todos los impuestos internos y arancelarios, ya sea en la comercialización como en la importación de productos y materias primas. Al ser cautelar la suspensión tendrá efecto hasta que se decida el fondo del recurso interpuesto por la AIRD.  

El Consejo de Coordinación de la Zona Especial de Desarrollo Fronterizo aprobó el 26 de julio de 2012 las solicitudes de clasificación de las cuatro empresas citadas bajo la Ley 28-01, "sin que cumpliesen los requisitos establecidos de publicidad previstos en el Decreto 539-05", indica la AIRD, que indica que un día después depositó ante el Consejo "un recurso de reconsideración de estas aprobaciones de clasificación por no reunir todos los requisitos establecidos en la Ley y en el Decreto, con el agravante de que varias empresas dominicanas habían manifestado su oposición a la instalación de estas empresas".

La Ley No. 28-01 del 1 de febrero de 2001 creó una zona especial de desarrollo fronterizo para las empresas de los siguientes rangos: turísticas, metalúrgicas, zona franca, energéticas, industriales, agropecuarias, metalmecánicas y agroindustriales "que existan a la fecha de promulgación de la citada ley, y las que se instalen en el futuro dentro de los límites de las provincias de Pedernales, Independencia, Elías Piña, Dajabón, Montecristi, Santiago Rodríguez y Bahoruco".

Estas provincias, que van desde el sur hasta el norte, son fronterizas con Haití o muy próximas a la frontera.  Indica la ley que se declara "de interés nacional el fomento, incentivo y protección de las referidas empresas así como de toda aquella que sea permitida por la ley". Agrega la ley que "el reglamento de aplicación establece que únicamente podrán acogerse a esta ley aquellas empresas que no hayan sido clasificadas ni hayan obtenido beneficios por concepto de contratos especiales y o de otras leyes y disposiciones similares de incentivo, así como aquellas empresas y proyectos que demuestren su viabilidad económica y financiera".
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