Santo Domingo.- Ante esta situación el órgano rector del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), mediante la resolución No. 546-01 instruye a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (SISALRIL), a garantizar el cabal cumplimiento de esta disposición avalada por la ley 42-01, la ley 87-01 y resoluciones administrativas.
La resolución del CNSS establece que se tiene el objetivo de regularizar esta situación, mejorando los canales de comunicación, entre las Administradora de Riesgos Salud (ARS) y las PSS, así como, capacitar al personal, cerrando las brechas de desinformación que puedan estarse presentando en la actualidad.
Se recuerda que el CNSS aprobó el Reglamento sobre Infracciones y Sanciones al Seguro Familiar de Salud y al Seguro de Riesgos Laborales, el cual penaliza a las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS), tipificando como sanciones graves con una penalidad de 200 Salario Minino Nacional, que dentro del Plan Básico de Salud se niegue a prestar servicios a los usuarios que hayan demostrado estar afiliado a una ARS que tiene relación contractual con dicha PSS.
Esta resolución ordena a las ARS y al Instituto Dominicano de Prevención y Protección de Riesgos Laborales (IDOPPRIL), el pago a las Prestadoras de Servicios de Salud (PSS) públicas y privadas que no forman parte de su Red, por la asistencia médica de emergencia prestada a los afiliados del Régimen Contributivo, en calidad supervisor de las ARS, el IDOPPRIL y las PSS.
El Consejo instruye además a la SISALRIL, a agotar el debido proceso, con el objetivo de imponer las sanciones a las ARS y PSS (públicas, privadas y de autogestión), que dentro del Plan Básico de Salud se niegue a prestar servicios al usuario que haya demostrado estar afiliado a una ARS que tiene relación contractual con dicha PSS.
La resolución instruye a la Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados (DIDA), a los fines de orientar e informar a la población afiliada al Seguro Familiar de Salud de los Regímenes Contributivo y Subsidiado, sobre sus derechos y deberes cuando una PSS les requiera el pago de anticipo o depósito en violación a las disposiciones legales.
Fuente: DiariodeSalud.do