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Ministerio de Salud Pública.
Ministerio de Salud Pública. (Foto: Fuente externa)

Ministerio de Salud Pública anuncia medidas excepcionales tras declarar estado de epidemia nacional

Por Redacción
lunes 29 de junio de 2020, 03:46h
El Ministerio de Salud Pública anunció este sábado medidas excepcionales para prevenir la propagación del covid-19, luego haber declarado como epidémico el territorio nacional, acogiéndose a las atribuciones que le confiere el artículo 149 de la Ley General de Salud no. 42-01.
Santo Domingo.- La institución dispuso la suspensión de todas las actividades económicas, sociales y recreativas, desde las 8:00 de la noche hasta las 5:00 de la mañana, durante todos los días de la semana.

Mediante una resolución de la entidad sanitaria firmada por el titular de Salud, Rafael Sánchez Cárdenas, quien precisó que durante el horario antes mencionado podrán realizarse las actividades de proselitismo electoral en espacios abiertos y las labores destinadas al montaje y celebración de las elecciones presidenciales y congresuales a cargo de la Junta Central Electoral (JCE) y el personal acreditado.

Asimismo, los servicios de hotelería y otros lugares de hospedaje, al igual que los restaurantes y demás negocios gastronómicos, podrán operar siempre y cuando estén en estricto cumplimiento de los protocolos establecidos para este tipo de actividades.

Podrán operar libremente los centros de salud y farmacéuticos, las labores de seguridad privada, los oficios de prensa y demás medios de comunicación.

De igual modo, los prestadores de servicios básicos, energía, agua, telecomunicaciones y recogida de desechos sólidos; las labores de la industria que conlleven trabajo en varios turnos o 24 horas, pero que no impliquen contacto con el público.

Otros que forman parte de las excepciones son el sector minería, el transporte y distribución de mercancías, insumos y combustible, las labores realizadas en puertos y aeropuertos, las zonas francas, la construcción relacionada a infraestructura sanitaria y los servicios funerarios.

La resolución hace hincapié en que toda empresa que requiera de forma excepcional realizar labores en horario de 8:00 p.m. a 5:00 a.m. y que no se encuentre dentro de las excepciones de esta disposición, deberá tener autorización escrita de la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y el Control del Coronavirus.

Actividades no permitidas.-

Por considerarse focos particularmente sensibles de contagio, se prohíbe en todo horario las siguientes actividades:
  • Educación presencial primaria, secundaria, universitaria, técnico laboral y cualquier otro subsistema que implique aglomeración de personas.
  • Casinos, bares, discotecas, clubes, salas de cine, teatros, gimnasios y cualquier otro establecimiento de igual naturaleza.
  • Eventos comerciales, culturales, artísticos, deportivos y de cualquier otra índole que propicien concentraciones y aglomeraciones de personas, tales como ferias, convenciones, conciertos y demás espectáculos públicos
  • Eventos deportivos o de cualquier otro tipo en estadios, palacios de deportes, arenas deportivas, galleras y demás lugares de igual naturaleza.

“Se mantienen vigentes las disposiciones relativas a la segunda fase del proceso de desescalada iniciado por el Poder Ejecutivo el 20 de mayo del año en curso”, indicó el ministro en su resolución, añadiendo que los servicios religiosos serán permitidos tres veces por semana respetando los protocolos de distanciamiento físico, uso de mascarillas y medidas de protección personal para prevenir el contagio.

Asimismo, Sánchez Cárdenas señaló que MISPAS, en consulta con la Comisión de Alto Nivel para la Prevención y el Control del Coronavirus y el Comité de Emergencia y Gestión Sanitaria, determinará el curso de las nuevas fases de la desescalada gradual en función de una evaluación objetiva de los datos epidemiológicos y la evolución de la pandemia.

Se mantienen vigentes los protocolos establecidos por la entidad relativos al manejo y seguimiento de las personas confirmadas con COVID-19 y las que hayan estado en contacto con estas.

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