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En la imagen un registro del vicepresidente regional de la SIP para República Dominicana y director del periódico Listín Diario, Miguel Franjul, quien presentó este lunes el informe acerca de la isla en el marco de la 75 Asamblea General de la Sociedad Interamericana de Prensa.
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En la imagen un registro del vicepresidente regional de la SIP para República Dominicana y director del periódico Listín Diario, Miguel Franjul, quien presentó este lunes el informe acerca de la isla en el marco de la 75 Asamblea General de la Sociedad Interamericana de Prensa. (Foto: EFE/José Méndez/Archivo)

La SIP califica como "victorioso" el semestre para la prensa dominicana

Por Agencia EFE
martes 08 de octubre de 2019, 08:19h
La Sociedad Interamericana de Prensa (SIP) calificó este lunes como "un período de victorias sucesivas" para la libertad de prensa en República Dominicana el semestre abril-octubre por el resultado de tres sentencias del Tribunal Constitucional (TC) en pro del libre ejercicio del periodismo.
Miami.- Dentro del marco de la 75 Asamblea General de la Sociedad Interamericana de Prensa, celebrada en la ciudad de Miami, la SIP alegó que con estos dictámenes la prensa se libró de los graves riesgos de caer bajo un esquema de censura previa para denunciar actos de corrupción en los que pudiesen estar involucrados partidos, dirigentes o candidatos electorales.

Dichas sentencias anularon disposiciones restrictivas contenidas en las leyes de partidos políticos y de régimen electoral, aprobadas este año por el Congreso Nacional, una de las cuales contemplaba prisión de 3 hasta 10 años a quienes hiciesen "comentarios negativos" contra partidos, candidatos y figuras políticas; otra calificaba de difamación e injuria tales expresiones, aunque fuesen vagas e imprecisas.

Al justificar su dictamen, el TC dominicano declaró que las redes sociales se han convertido en los únicos espacios accesibles para que una masa significativa de ciudadanos pueda exteriorizar su pensamiento y recibir opiniones e informaciones, lo que abre paso a una deliberación verdaderamente pública, plural y abierta sobre los asuntos de interés general.

El criterio establecido por el máximo tribunal constitucional al anular el artículo que imponía penas de prisión por emitir "mensajes injuriosos" y campañas falsas que atenten contra el honor y la intimidad de los candidatos, es que con esta disposición se violaba el núcleo esencial del derecho a la libertad de expresión.

De acuerdo a la SIP, esta representaba una penalidad excesiva que desbordaba la que prevalece en el código penal para los delitos de difamación e injuria, que abarca de seis días a tres meses de prisión, y la que todavía existe en la Ley de Expresión y Difusión del Pensamiento, que va de 15 días a seis meses de prisión.

Del mismo modo, la alta corte anuló por inconstitucional otra disposición legal que prohibía la difusión de propaganda política por radio y televisión, pero no así en los medios digitales, fuertemente objetada ante la Junta Central Electoral por la Asociación Dominicana de Radiodifusoras. Citó ejemplos como las condenas de entre 20 y 30 años a los seis acusados de cometer el crimen del periodista Blas Olivo en abril del 2015 o el hecho de que en este semestre "no se hayan registrado actos de violencia contra periodistas".

No obstante, el informe presentado por Miguel Franjul, vicepresidente regional de la SIP para República Dominicana y director del periódico Listín Diario, expuso casos como el reciente cierre del programa televisivo "El Jarabe", del periodista Marino Zapete, o el de la periodista Teresa Casado, quien denunció ante el Ministerio Público haber sido amenazada por un supuesto narcotraficante. A su vez, distintos diarios editorializaron sobre las dificultades para recibir información del Ministerio de Salud Pública y de los directores de hospitales del Estado sobre la epidemia de dengue que azota al país desde hace tres meses, pese a que existe una ley de acceso a la información pública.
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