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Levis Suriel Gómez.
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Levis Suriel Gómez. (Foto: Fuente externa.)

Legislador plantea que celebrar primarias con padrón abierto encausa al PLD en la inconstitucionalidad

Por Redacción
jueves 12 de octubre de 2017, 22:55h
Dice que acciones similares atropellan seriamente el estado de derecho, social y democrático de la nación dominicana.
Santo Domingo.- El diputado del exterior por el Partido de la Liberación Dominicana (PLD), Levis Suriel Gómez, manifestó que realizar las primarias de esa organización política simultáneas y con padrón abierto, como lo pretende un grupito, es encausar al oficialismo a la inconstitucionalidad.

Suriel Gómez se expresó en esos términos a propósito de las declaraciones de algunos legisladores peledeistas que solo buscan erosionar aún más la unidad del PLD, actitud que desluce el éxito del partido más exitoso en los cincuenta años.

“Es inconcebible que legisladores de mi partido pretendan desconocer disposiciones constitucionales que impiden un proceso de primarias simultáneas y con padrón abierto”, dijo.

Calificó hasta cierto punto de aberrante que en la República Dominicana haya legisladores que se manifiesten a favor del desconocimiento de una orden constitucional dictada por la Suprema Corte en su momento, siendo el máximo organismo judicial del Estado Dominicano, para que sea vista como una sentencia no vinculada.

Resaltó que acciones similares atropellan seriamente el estado de derecho, social y democrático de la nación dominicana.

“El tema que hoy divide al PLD radica en el hecho de que seguidores del Presiente de la República Danilo Medina prefieren las primarias abiertas y de padrón común y los del Ex presidente Leonel Fernández dicen que ese mecanismo está vedado a propósito de la decisión del que en su momento fuera el órgano encargado de la máxima interpretación de la Constitución, la Suprema Corte de Justicia en el año 2005”, expuso.

Puntualizó que la Constitución de la República, como la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional y de los Procedimientos Constitucionales establecen de manera muy clara que aquellas decisiones que tomó en su momento la Suprema Corte, como órgano encargado del control concentrado en aquella época, no pueden ser revisadas por el Tribunal Constitucional.

Ponderó que justificar un nuevo examen a la constitucionalidad de ese tema es un sin sentido que sólo es posible explicarlo en el marco de las apetencias políticas del momento y no porque eso requiera un debate.

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