Santo Domingo.- La comunicación firmada por el titular del MAP, Darío Castillo Lugo, indica que los titulares de los órganos y entes de la Administración Pública podrán fijar horarios especiales de trabajo a los servidores públicos de sus respectivas instituciones para los días previos a dichas fechas, sin detrimento a la prestación de los servicios públicos que se brindan a la ciudadanía; esto de acuerdo con lo establecido en el artículo 52 de la Ley núm. 41-08, de Función Pública y el artículo 28 y siguientes, del Reglamento núm. 523-09, de Relaciones Laborales.