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Seguro Nacional de Salud, SeNaSa,
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Seguro Nacional de Salud, SeNaSa, (Foto: Fuente Externa)

Los trabajadores suspendidos fuera de Fase I recibirán cobertura de salud

Por Agencia EFE
viernes 19 de febrero de 2021, 07:27h
El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) autorizó de manera excepcional y transitoria la afiliación directa al Seguro Nacional de Salud (SeNaSa) de los trabajadores suspendidos no incluidos en el Fondo de Asistencia Solidaria al Empleado Extendido (Fase I).
Santo Domingo.- El organismo dispuso, según anunció este jueves, que esos trabajadores y sus familiares serán beneficiarios del Seguro Familiar de Salud (SFS) del régimen subsidiado, a través del Plan Básico de Salud (PBS). La decisión establece que tan pronto cese la condición de suspensión de la relación laboral de cada trabajador, bajo esas condiciones, el afiliado podrá optar por volver a afiliarse a la administradora de riesgos salud (ARS) en que se encontraba o a la de su preferencia.

El CNSS ordenó a la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril) prestar "toda la colaboración técnica" requerida para que dichos traspasos se materialicen a la mayor brevedad posible. El organismo tomó una decisión similar a principios de febrero en favor de los trabajadores suspendidos que están incluidos en Fase I extendido.

El presidente Luis Abinader dispuso, a finales de diciembre pasado, extender el programa Fase I para incluir el período enero-abril de 2021, con el objetivo de otorgar un subsidio a modo de asistencia para aquellos trabajadores que se encuentren con sus contratos de trabajo suspendidos.

En esa oportunidad, el gobernante dijo que el programa Fase 2 sería sustituido por un programa especial dirigido por Promipyme, Banca Solidaria y el Ministerio de Trabajo, para ayudar a las micro, pequeñas y medianas empresas, a fin de que puedan mantener sus operaciones y los empleos.

En la extensión de Fase I, el Gobierno dispone que el monto nunca será menor de 5,000 pesos ni mayor a 8,500 pesos o el equivalente a un 70 % del salario ordinario del trabajador reportado a la Tesorería de la Seguridad Social (TSS) para febrero de 2020.
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