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La aeronave pilotada a distancia no podrá operar sobre zonas prohibidas, según se establece en la normativa dictadas por el IDAC, 'a menos que se cuente con una autorización'.
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La aeronave pilotada a distancia no podrá operar sobre zonas prohibidas, según se establece en la normativa dictadas por el IDAC, "a menos que se cuente con una autorización".

República Dominicana regula el uso de drones en su territorio

Por EFE
martes 21 de julio de 2015, 10:31h
El Instituto Dominicano de Aviación Civil (IDAC) informó este lunes que emitió una resolución que regula la operación de los drones en el país, la cual establece, entre otras disposiciones, que el peso máximo de una aeronave pilotada a distancia deba ser de 25 kilogramos, incluyendo accesorios.
Santo Domingo (EFE).- La resolución, informó este lunes el IDAC en un comunicado, plantea a lo largo de 15 páginas y en 22 artículos una serie de restricciones.

El texto indica que se precisa que un operador de drones no ponga en riesgo la seguridad de las personas, la propiedad pública o privada, ni viole el derecho a la privacidad o intimidad de las personas.

También se advierte sobre la operación en forma temeraria, poniendo en riesgo otras aeronaves en tierra o en el aire.

La aeronave pilotada a distancia no podrá operar sobre zonas prohibidas, según se establece en la normativa dictadas por el IDAC, "a menos que se cuente con una autorización".

A su vez, restringe el uso de más de una aeronave en forma simultánea y operar en horas de la noche, a menos que se cuente con una autorización especial.

Los requisitos básicos para obtener la credencial de vuelo son que sus operadores sean mayores de edad; hablar, escribir, leer y comprender el idioma español, y acreditar que tiene instrucción teórica y práctica sobre el modelo de la aeronave no tripulada.

También incluye la aprobación de un examen escrito sobre la resolución que regula los vuelos y que abarcará conocimientos aeronáuticos.
El Departamento de Operaciones del IDAC será el encargado de las autorizaciones.

La medida, firmada por el director general del IDAC, Alejandro Herrera, también explica los casos en los que se aplica la resolución, las medidas restrictivas y las responsabilidades y sanciones que conllevan la violación de la misma, entre otros aspectos.

La resolución tiene carácter transitorio, hasta que el IDAC emita una nueva normativa o reglamentación o hasta que la Organización Internacional de Aviación Civil (OACI) adopte y publique las normas sobre requisitos técnicos relacionados con la operación de las aeronaves pilotadas a distancia o drones.

Para la emisión de la resolución, con la que se regula la operación de los drones en el país, se tomó en cuenta "la novedad de este componente del sistema aeronáutico y el gran número de personas o empresas interesadas en desarrollar actividades mediante la operación de ese tipo de aeronaves".

En el artículo relativo a las sanciones se advierte que las violaciones a las disposiciones de la resolución serán sancionadas por el IDAC acorde al Reglamento Aeronáutico Dominicano.
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