Congelar impuestos a combustibles y márgenes de comercialización y transporte.
Los precios de los combustibles se fijan cada semana mediante una estructura de precios compuesta por tres elementos:
Para la primera semana del mes de enero, por ejemplo, según la resolución 339/2021 del Ministerio de Industria y Comercio, la estructura del precio para los tres combustibles mas sensibles a la economía nacional -gasolina y gasoil regulares y GLP- era como aparece en el siguiente cuadro
Precio en el |
Impuestos |
Márgenes |
||||||
exterior |
Comercio y Transporte |
|||||||
Gasolina regular |
50% |
34% |
16% |
|||||
Gasoil regular |
60% |
23% |
17% |
|||||
GLP |
69% |
11% |
20% |
El cuadro anterior demuestra que en el caso de la gasolina regular, la mitad del precio está constituido por impuestos y márgenes de comercialización y transporte. Este porcentaje se reduce al 40% en el caso del gasoil.
En el caso del GLP, el 20% del costo está constituido por márgenes de comercialización y transporte y un 11% en impuestos; en circunstancias que la ley original de hidrocarburos (112 del año 2000) consignó una tasa “0” para evitar deforestación forestal para uso de leña y carbón vegetal.
En consecuencia, y hasta tanto se revise la ley sobre combustibles para someter su comercialización al régimen de competencia propio de la economía de mercado a la que decimos inscribirnos, resulta pertinente congelar los impuestos y márgenes de comercialización y transporte en los montos hasta hoy establecido en las resoluciones adoptadas por el Ministerio, de manera tal que al menos estos valores se mantengan constantes ante futuros incrementos del precio del petróleo.