Economía

Tasa del 3% no está sujeta a cambios

Redacción Diario Hispaniola | Sábado 12 de septiembre de 2015
Representantes del equipo técnico de La Federación Dominicana de Municipios (FEDOMU), reiteró que la tasa del 3% sobre las facturas a las empresas distribuidoras de electricidad no está sujeta a cambios, pues está avalado por la sentencia del Tribunal Constitucional.

Santo Domingo. - Indicaron que, tanto el artículo 284, de la Ley 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios como el artículo 134 de la Ley general de electricidad, 125-01, disponen un arbitrio a favor de los gobiernos locales por el aprovechamiento del espacio público para fines de explotación de una actividad comercial.

“El Tribunal Constitucional, en su sentencia TC/0100/13 ratificó que esta obligación tributaria de las empresas comercializadoras de energía eléctrica es conforme a la Constitución y a la legislación vigente” afirmó la Federación Dominicana de Municipios.

Tal y como argumentó en su propuesta entregada al Consejo Económico y Social (CES) este arbitrio es clave para la sostenibilidad del alumbrado público municipal cuya instalación, también según la Ley 176-07, es competencia propia de los ayuntamientos, teniendo repercusión en aspectos clave para la convivencia social como es la seguridad ciudadana.

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