La ley había sido aprobada por el Senado en octubre de 2025, tras un prolongado debate político y social. El marco legal reconoce el derecho de las personas mayores de edad, en pleno uso de sus facultades mentales, a solicitar la muerte médicamente asistida cuando padezcan una enfermedad incurable e irreversible en fase terminal, acompañada de sufrimientos considerados insoportables y un deterioro progresivo de la calidad de vida.
La normativa establece que la solicitud debe ser presentada personalmente ante un médico y por escrito, en presencia del profesional. En casos donde la condición física del paciente impida firmar, podrá hacerlo un tercero adulto designado.
El proceso contempla evaluaciones médicas, verificación del diagnóstico y la confirmación de que la decisión es libre, informada y persistente en el tiempo.
El decreto firmado por el presidente Yamandú Orsi también dispone la conformación de una Comisión Honoraria de Revisión, presidida por el Ministerio de Salud Pública. Este organismo actuará como ente independiente encargado de supervisar cada procedimiento, revisar los expedientes y garantizar que se cumplan todos los requisitos legales y éticos.
La comisión tendrá la facultad de auditar casos, emitir recomendaciones y asegurar la correcta aplicación de la ley en todo el sistema de salud.
A través de sus redes sociales, Orsi destacó el carácter humanitario de la normativa. Señaló que “la dignidad humana está en el centro de las decisiones más complejas” y afirmó que la reglamentación es el resultado de un proceso “largo de debate, reflexión y escucha”.
Con la entrada en vigencia de la Ley de Muerte Digna, Uruguay consolida un nuevo marco legal para pacientes terminales que buscan acceder a la eutanasia bajo condiciones estrictamente reguladas.lc