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Intrant refuerza controles sobre patinetas eléctricas

Intrant refuerza controles sobre patinetas eléctricas. (Foto: Fuente externa).
Xiomara Martínez | Lunes 09 de febrero de 2026
El Intrant reforzará el control del uso de patinetas eléctricas y dispositivos de movilidad personal para mejorar la seguridad vial. Se establecen límites de velocidad y requisitos legales para bicicletas y motocicletas eléctricas.

Santo Domingo.- El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant) anunció un refuerzo en los controles y la fiscalización del uso de patinetas eléctricas y otros dispositivos de movilidad personal, con el fin de proteger a los peatones y fortalecer la seguridad vial en espacios públicos. La institución recordó que las patinetas eléctricas no pueden circular por las aceras y deben respetar un límite máximo de velocidad de 20 km/h. Cualquier modificación al sistema de motorización que permita superar este rango constituye una infracción a la normativa vigente.

Reglas para bicicletas y motocicletas eléctricas

El Intrant detalló que: las bicicletas eléctricas de carretera pueden alcanzar hasta 45 km/h, las bicicletas eléctricas de montaña o de transporte de personas/carga tienen un límite de 32 km/h, las motocicletas eléctricas con acelerador, aun si poseen pedales, se consideran vehículos de motor y deben cumplir con todos los requisitos legales: placa oficial, matrícula, seguro de responsabilidad civil, licencia de conducir categoría 1y uso obligatorio de casco

El director ejecutivo del Intrant, Milton Morrison, subrayó la importancia de distinguir entre dispositivos de movilidad personal y motocicletas eléctricas. Las patinetas sin sillín y las bicicletas de pedaleo asistido —cuyo motor solo complementa el esfuerzo humano— se clasifican como dispositivos de movilidad personal y están sujetas a límites de velocidad y al uso de casco protector.

El Intrant informó que notificará a la Dirección General de Aduanas (DGA) y a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) sobre la obligatoriedad de completar los procesos de importación y matriculación antes de que cualquier motocicleta eléctrica pueda circular. También comunicará estas disposiciones a importadores, distribuidores y empresas de alquiler.

El incumplimiento de estas normas conlleva multas de uno a tres salarios mínimos del sector público centralizado, según el artículo 251 de la Ley 63-17 sobre Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
La Digesett será la entidad encargada de la fiscalización.lc

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