La coalición señaló que este segmento de usuarios, mayoritariamente de bajos ingresos, tampoco puede acceder a las exenciones fiscales contempladas en la Ley 57-07, ya que no pagan impuesto sobre la renta. Esto, afirman, profundiza la desigualdad en el acceso a la energía renovable y representa un retroceso frente al reglamento anterior, que no contemplaba este tipo de cargos. Hasta 2023, solo unos 150 clientes de bajo consumo contaban con paneles solares, pese a representar el 98% de la base de usuarios de las distribuidoras.
Aunque reconoció avances como la aprobación automática de solicitudes tras 45 días laborales, la eliminación del límite de 15% de energía solar por circuito, la digitalización de trámites y la prohibición de modificar tarifas por instalar paneles solares, la coalición afirmó que el reglamento sigue obstaculizando la masificación de la energía solar en techos. Entre las principales críticas, destacaron que la normativa trata estas instalaciones como si fueran proyectos de alta ingeniería, cuando la mayoría son sistemas domésticos sencillos.
RD100% Renovable cuestionó que solo ingenieros eléctricos, electromecánicos o electricistas certificados por la SIE puedan instalar paneles solares, lo que consideran una restricción excesiva que limita el crecimiento del sector. También denunciaron que los trámites previos siguen siendo demasiado numerosos para sistemas pequeños, y que para usuarios con menos de 10 kW no debería existir ningún proceso previo más allá de solicitar el contador bidireccional.
La organización calificó como “engañosa” la afirmación de que los usuarios recibirán el 100% del crédito acumulado por la energía solar inyectada durante el año. Explicaron que, aunque el reglamento obliga a las distribuidoras a pagar el total del crédito, el valor aplicado será mucho menor que el precio al que los clientes compran la electricidad. Mientras los usuarios pagan entre 17 y 33 centavos de dólar por kWh consumido, recibirán solo entre 10 y 12 centavos —o menos— por cada kWh inyectado, equivalente al precio promedio de compra de las granjas solares con contratos a 10 años.
Según la coalición, este esquema viola el espíritu de la Ley 57-07, que establece la medición neta como un intercambio igualitario entre energía consumida e inyectada. Además, criticaron que el reglamento obliga a registrar e inspeccionar sistemas de autoconsumo que no inyectan energía a la red, lo que consideran una intromisión injustificada que vulnera el derecho a la propiedad privada y a la privacidad.lc