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El gobierno debería sanear la administración pública antes del 16 agosto

Por Guillermo Caram
lunes 13 de julio de 2020, 14:02h





Saludamos el celo del gobierno, a través del Ministerio de Administración Pública, para defender los empleados regularmente incorporados al tren administrativo mediante la exaltación de sus derechos contenidas en las disposiciones en la ley 41-08 de Función Pública; según consta en la circular No. 4285 del 7 de julio del presente año.


Consideramos que ésta exaltación no era necesaria ya que no conocemos ninguna declaración o disposición de las autoridades electas sugerentes de violaciones las leyes en general y de función pública en particular. Como contraparte, el gobierno tiene la responsabilidad para sanear, con el mismo celo, la administración pública, antes de la toma de posesión del nuevo gobierno; de aquellos servidores que estén prestando servicios irregularmente por alguna de las causas siguientes:


1. Haber ingresado irregularmente al servicio público, causa de nulidad de la designación, según dispone el párrafo I del Art.33, como la falta de capacidad e idoneidad, inhabilitación, etc.


2. No haber reunido las condiciones de permanencia en las evaluaciones de desempeño que periódicamente debe efectuarse conforme el artículo 45 de dicha ley.


3. No haber cumplido los deberes y prohibiciones de los servidores establecidos en los arts. 79 y 80 de la ley; tales cumplimientos de jornada de trabajo, confidencialidad, salvaguarda del patrimonio del Estado, inducción y obligación a participación de actividades políticas.


El Ministerio de Administración Pública debería pues emitir una circular complementaria a la citada disponiendo que cada servidor debería ser objeto de una certificación en la que se especifique no haber incurrido en las irregularidades citadas. Y recordándoles a los que emitan éstas certificaciones que sus dictámenes deben ser comprobables; so pena de incurrir en falsedad de escritura pública.








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