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Ministerio Público informó que solicitará al Tribunal Superior Electoral,TSE, las medidas de coerción contra dos personas acusadas de incurrir en delitos electorales.
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Ministerio Público informó que solicitará al Tribunal Superior Electoral,TSE, las medidas de coerción contra dos personas acusadas de incurrir en delitos electorales. (Foto: Fuente Externa)

Acusan a dos personas de presuntos delitos electorales en las municipales

Por Agencia EFE
martes 17 de marzo de 2020, 08:08h
El Ministerio Público informó que solicitará al Tribunal Superior Electoral, TSE, la imposición de medidas de coerción contra dos personas acusadas de incurrir en delitos electorales en los distritos judiciales de Santiago y Villa Altagracia, durante las elecciones municipales de este domingo.
Santo Domingo.- El organismo informó que someterá a la Justicia a Obispo Figueroa Mieses, presidente de un colegio electoral de Villa Altagracia, así como a Yeyson Arias Fernández, de la provincia Santiago, por la presunta violación de la Ley Orgánica de Régimen Electoral.

Contra Figueroa Mieses solicitará prisión preventiva y a Arias Fernández una garantía económica de 100.000 pesos, impedimento de salida del país sin el permiso correspondiente y presentación periódica una vez al mes, durante seis meses, por ante la Procuraduría Fiscal de Santiago.

De acuerdo a la información, Figueroa Mieses será sometido a la Justicia por presuntamente marcar, adulterar, falsificar, desfigurar y alterar boletas electorales y por tentativa de actos para agregar boletas votadas en la urna electoral, en violación de los artículos 282 numeral 10, 284 numeral 7 y 287 de la Ley de Régimen Electoral 15-19.

Asimismo, se le atribuye la violación del artículo 285 numeral 14 de esa misma normativa que establece como delito el incumplimiento del deber y disposiciones de la Junta Central Electoral como miembro de un colegio electoral.

Mientras que Arias Fernández será procesado por presuntamente incurrir en el delito de realización de actos de gestión electoral mediante la promoción de un candidato a menos de veinte metros de un recinto electoral y de haber cometido el delito de tentativa de soborno para inducir el voto, conducta tipificada en los artículos 287 y 282 de dicha Ley Electoral.
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