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TSE declara "inadmisible" acción dirigentes PRSC contra cúpula partidaria

Por EFE
jueves 18 de enero de 2018, 12:41h
El tribunal en su fallo indica que la demanda fue incoada en violación del plazo de 30 días previsto en el artículo 117 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.
Santo Domingo.- El Tribunal Superior Electoral (TSE) declaró este miércoles "inadmisible por extemporánea" la demanda en nulidad que incoaron un grupo de dirigentes del Partido Reformista Social Cristiano (PRSC) contra la convocatoria de Asamblea de esa organización interpuesta el 18 de octubre de 1017.

Los dirigentes que solicitaron esa acción de nulidad fueron Ramón Pérez Fermín, Joaquín Ricardo García y Miguel Alberto Bogaert Marra.

El grupo se oponía a la convocatoria que realizaron Federico Antún Batlle y Ramón Rogelio Genao, presidente y secretario general del PRSC, respectivamente.

El tribunal en su fallo indica que la demanda fue incoada en violación del plazo de 30 días previsto en el artículo 117 del Reglamento de Procedimientos Contenciosos Electorales.

El TSE ordenó la ejecución provisional de la sentencia, no obstante, cualquier recurso que se interponga contra la misma, en virtud de las disposiciones del artículo 3 de la Ley 29-11 Orgánica del Tribunal Superior Electoral.

Asimismo, dispuso compensar las costas del procedimiento, por tratarse de un asunto electoral.

En otro de los artículos de su sentencia, el TSE dispuso la notificación de su decisión a las partes en litis y a la Junta Central Electoral (JCE), así como la publicación en el Boletín Contencioso Electoral, para los fines de lugar.EFE
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